La presencia del Trabajo Social en el sector de la
vivienda posee una larga trayectoria. Sin entrar aquí a valorar uno de los
orígenes de la profesión, el artículo 47 de nuestra Constitución otorga el
derecho a una vivienda digna. Además, El Plan Concertado establece en su
tercera prestación el alojamiento alternativo con el objeto de conseguir que el
ciudadano en dificultad social disponga de algún tipo de estancia permanente.
El acceso a un hogar supone un recurso de inserción
social y de desarrollo individual de proyectos de vida. La finalidad del
Trabajo Social consiste en facilitar el ejercicio de los derechos de
ciudadanía en materia de vivienda mediante el estudio, planificación,
intervención y evaluación de procesos de acompañamiento que mejoren la
integración social, e impulsen factores de protección que prevengan riesgos de
exclusión.
El objetivo principal del Trabajo Social en el plano
residencial se define
por su participación técnica y profesional, entre
otras, en las siguientes
áreas:
• Programas de promoción, estudio y adjudicación de
viviendas de protección social.
• Dinamización comunitaria de barrios de nueva
construcción o en proceso de remodelación.
• Planificación urbana (nuevos modelos de hábitat,
evitar la formación
de los denominados guetos, indicadores de
sostenibilidad social).
• Diseño, coordinación e implementación de planes de
desarrollo comunitario (oportunidades de mejora y convivencia).
• Realojamientos, mediante planes de ordenación
urbanística e inserción social o por emergencias sociales.
• Planificación y gestión en materia de alquiler
social.
• Hacinamiento.
• Infravivienda.
• Accesibilidad y uso de la vivienda, entendido tanto
desde la perspectiva exterior como por la falta de elementos de adaptación
interior de la misma (personas mayores, discapacitados).
• Mediación comunitaria que mejore relaciones de
convivencia social.
• Acoso inmobiliario (visitas a domicilio, informe
social).
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